I have always thought it was a myth, but apparently I was wrong!
According to this article on La Nación, there are a few ATM machines that dispense USD for those who have a USD balance.
As usual, it comes with many caveats. I have no idea of ATM limits in pesos, so I can't say how many USD bills one can get from an ATM.
Display MorePara ello, es imprescindible contar con una cuenta en dólares y tener en consideración el límite de extracción que la entidad establece a cada uno de sus usuarios, según su condición financiera. Además, es importante tener en cuenta que la extracción no es una operación cambiaria como sí lo es la compra de dólares. Esto se debe a que el hecho de sacar dólares a través del cajero automático implica simplemente acceder al efectivo que el cliente ya tiene en su caja de ahorro en dólares, ya sea por una compra previa, un depósito o transferencia en esa divisa.
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El retiro de dólares no podrá superar el límite de extracción en pesos de la tarjeta convertido a dólares al tipo de cambio oficial del día. Además, más allá de esto, existen bancos que establecen un tope fijo diario.
Por otro lado, otra cuestión que el usuario debe tener presente es que es muy factible que el cajero solo ofrezca múltiplos de US$100 y no billetes de menor denominación.
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Lo aconsejable, en primer lugar, es identificar cuáles son los cajeros que expenden dólares. Esto se puede hacer a través de las herramientas de consulta de cada banco, como el sitio web o las aplicaciones para utilizar desde los teléfonos móviles, o mediante la página oficial de la Red Banelco.
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¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?
Debido al cepo cambiario que rige en la Argentina, solo se puede comprar hasta US$200 por persona por mes, pero existen 13 restricciones para acceder a esta divisa en el mercado oficial de cambios. Por lo tanto, quienes deseen adquirir dólar ahorro (también llamado dólar solidario) no pueden integrar ninguno de los siguientes grupos, ya que estarán impedidos de realizar esa operación.
- Los que hayan adquirido dólar “bolsa” o contado con liquidación en los 90 días anteriores.
- Los argentinos que operaron Cedears, obligaciones negociables o criptomonedas en los 90 días anteriores.
- Beneficiarios de un plan o programa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
- Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO.
- Personas sin ingresos declarados o “consistentes”.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (US$200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.
- Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses.
- Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.
- Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia.
- Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24 por ciento.
- Quienes tengan subsidios en las tarifas de luz, agua y gas.
- Empresas que liquidaron dólar soja.